18 de agosto de 2013

PROHIBIDOS LOS COCHES DE CABALLOS


El 3 de febrero de 1611, el Consejo de Castilla promulgó una ley en la que se prohibía circular a los carruajes, los que conseguían una licencia podían hacerlo, pero claro, las licencias sólo las conseguían los poderosos. A estos les molestaba que los coches con caballos y mulas de la gente humilde provocaran atascos y no les cedieran el paso en los cruces.

Así, que bajo el reinado de Felipe II, el Consejo de Castilla decidió que la plebe sólo podía ir a lomos del animal o andando. El coche quedaba reservado a las clases sociales superiores.
Para asegurarse de que no todo el mundo podía solicitar la licencia, obligaron a que el carruaje estuviera tirado por un mínimo de cuatro animales.

La ley decía:

“Que persona alguna de cualquier estado, calidad y condición, pueda hacer ni mandar hacer coche nuevo sin licencia del Presidente del Consejo.

Que nadie pueda andar en coche de rua en ninguna ciudad, villa o lugar de estos reinos, sin licencia de

Su Majestad. Pero permitimos, que las mujeres puedan andar en coche, yendo en ellos destapadas y cubiertas, de manera que se puedan ver y conocer, con que los coches con que anduvieren sean propios y de cuatro caballos y no de menos.

Permitimos que las dichas mujeres puedan llevar en sus coches a sus maridos, padres, hijos y abuelos, y las mujeres que quisieren yendo ellos dentro.

Otro si mandamos que las personas que tuvieren coche no lo pueden prestar, etc.

Que ninguna persona pueda ruar en coche alquilado en la corte.

Que ninguna mujer que públicamente fuere mala de su cuerpo y ganare en ello, pueda andar en coche, ni en carroza, ni en litera, ni en silla en esta corte, ni en otro algún lugar de estos nuestros reinos, so pena de cuatro años de destierro de ella con las cinco leguas, y de cualquier otro lugar y su jurisdicción adonde anduviera en coche, carroza, litera o silla por la primera vez, y por la segunda sea traída a la vergüenza públicamente y condenada en el dicho destierro”.

2 comentarios :

Unknown DICE

Ana:
Tu artículo está atravesado por una grave exclusión de los pobres pero además se menciona que las mujeres pueden llevar a sus familiares sanguíneos o políticos, pero no a hombres en general que ni menciona.
Habla de las mujeres "públicamente malas" que comercian con sus cuerpos pero no las define y ¿"malas" según quien?.
Asimismo seremos juzgados nosotros como discriminatorios en las decenas y/o cientos de años por venir ya que permitimos los atuales maltratos y delitos económicos como si fueran naturales.
Muchas gracias por tu logrado artículo.

Ana DICE

Víctor, tienes toda la razón, parece que las cosas no han cambiado mucho, en algunos casos, y en otros en vez de mejorar vamos a peor, un beso, y gracias a ti.